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title: "GRAN NOVEDAD. Se abre la posibilidad de preparar alimentos en las viviendas para su comercialización"
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date: 2023-02-27
modified: 2026-04-10
author: "Itabe"
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categories: ["Calidad"]
type: post
lang: es
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# GRAN NOVEDAD. Se abre la posibilidad de preparar alimentos en las viviendas para su comercialización

Nuevo Real Decreto 1021/2022 por el que se regulan determinados requisitos en materia de higiene de la producción y comercialización de los productos

A partir de ahora de manera adicional a la actual legislación en Seguridad alimentaria puede realizarse un suministro directo de alimentos preparados en locales utilizados principalmente como vivienda privada. En estos domicilios particulares la cocina o zona donde se manipulen y preparen los alimentos será **considerada como un establecimiento al por menor** y por lo tanto tendrá que cumplir con una serie de requisitos. El productor deberá **inscribirse en el registro de su ayuntamiento y presentar una declaración responsable para iniciar su actividad**. Será importante determinar:

- Horario de la actividad

- Productos que se van a producir

- Plano de la vivienda donde consten las estancias o zonas destinadas a la actividad.

- Compromiso de asumir las obligaciones de someterse a los controles oficiales llevados a cabo por las autoridades competentes.

- Compromiso de contar con la documentación de exigida para realizar un correcto autocontrol en la seguridad alimentaria

### **Requisitos para preparar alimentos en las viviendas para su comercialización**

De todas maneras, esta posibilidad de **producción en los domicilios particulares** no está exenta de prohibiciones. No se podrán elaborar todo tipo de alimentos ni congelarlos ni tampoco suministrarlos en eventos. La idea es que el pequeño productor elabore productos que ofrezcan **garantías sanitarias** como alimentos con **suficiente tratamiento térmico** para avalar su **seguridad o productos estables** a temperaturas ambientes como los de panadería y repostería, al consumidor final.

Es importante tener en cuenta que mientras se elabora el producto alimenticio habrá que seguir una serie de requisitos marcados por esta normativa y que podrá ser revisada en cualquier momento por las inspecciones de Sanidad

**Bibliografía**

Nuevo Real decreto: [**1021/2022**](https://www.boe.es/boe/dias/2022/12/21/pdfs/BOE-A-2022-21681.pdf)

 
